Como todos sabemos, el Instituto Nacional Electoral (INE) es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de organizar las elecciones federales, y tiene otras facultades que la Ley le otorga. Por mencionar algunas, puede anular una elección, negarle el registro a un candidato, otorgarle el registro a un partido político o quitárselo cuando viola preceptos electorales. Pero una cosa es tener facultades y otra ejercerlas, aun estando contempladas en la Constitución y las leyes electorales. Rara vez el INE llega a hacer uso de sus facultades, porque es rehén de intereses políticos, está al servicio de la partidocracia y ha terminado por convertirse en una perversa burocracia electoral que nos cuesta miles de millones de pesos al año para que ellos vivan como jeques árabes en contraste a como lo hacen millones de pobres en este país.
¿Quién no recuerda cuando hace unos años el Partido Verde violó de manera sistemática la Ley Electoral? Suficiente para haberle retirado su registro como partido político, pero con todo y sus facultades, al INE le tembló la mano para aplicar la Ley y todo quedó en sanciones económicas que, por supuesto, las pagamos los mexicanos con nuestros impuestos. Pudieron más los intereses políticos que la legalidad. Hay otros ejemplos, lo que hicieron para que el PT siguiera conservando su registro nacional y las recientes elecciones en el Estado de Coahuila, donde otra vez les tembló la mano para anular la elección, y como siempre sucede, le echan la bolita al final al TRIFE. Aquí en Durango, como no cantamos mal las rancheras, acaba de haber un acontecimiento que tiene que ver con el artículo 55 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Fracción V, párrafo quinto: “los secretarios de gobierno de los estados y de la Ciudad de México, los magistrados y jueces federales o del estado o de la Ciudad de México, así como los presidentes municipales y titulares de algún órgano político-administrativo en el caso de la Ciudad de México, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones, si no se separan definitivamente del cargo 90 días antes de la elección”. Citamos el artículo 55 de la Constitución debido a que la presidenta municipal de Gómez Palacio, Leticia Herrera Ale, solicitó licencia temporal para separarse de su cargo. De acuerdo a sus declaraciones, piensa regresar el próximo 2 de julio, es decir, 5 meses después. Si ella ganara el distrito 02 federal, podría darse el caso de que siguiera como presidenta de Gómez Palacio y diputada federal electa, esperar a tomar protesta el 1° de septiembre en la Cámara de Diputados para convertirse en diputada federal y al día siguiente pedir licencia para dejar a su suplente, Anabel Fernández y regresarse como presidenta municipal de Gómez Palacio.
¿Por qué suceden estas cosas? En primer lugar, el INE se hace el occiso cuando sabe que tiene facultades legales para actuar de manera oficiosa, es decir, sin denuncia o queja de por medio. Lo que debe hacer el INE cuando algún presidente municipal pretende un puesto de elección popular, es a la hora del registro definitivo exigirle el requisito que señala el artículo 55 de la Constitución: la separación de su cargo de manera definitiva 90 días antes al de la elección. El Instituto Nacional Electoral no debe esperar que un ciudadano interponga un recurso de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El INE no se puede dar el lujo de que se viole una norma constitucional.
Dice el refrán: cuando veas las barbas de tu vecino pasar, pon las tuyas a remojar. Si José Ramón Enríquez Herrera desea participar por un puesto de elección popular, como así sucederá, tendrá que pedir licencia definitiva para separarse de su cargo como lo establece el multicitado artículo 55 de la Constitución, de lo contrario corre el riesgo de que no se le acepte su registro definitivo como candidato al Senado de la República. Su círculo rojo ha filtrado que pretende separarse de su cargo de manera temporal, rendir protesta como senador, inmediatamente pedir licencia y dejar a su suplente, para él regresar como presidente municipal. El oftalmólogo se complica la vida todos los días, al Congreso ya llegaron otras resoluciones de la Sala Superior y si sigue incurriendo en violaciones sistemáticas a la Ley Electoral, podría meterse en serios problemas, como ser inhabilitado, entre otras cosas.
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