Allá por los años ’70, cuando la empresa Celulósicos Centauro, propiedad del empresario Fermín Núñez, cometió ecocidio, este quedó impune. Como consecuencia de este desastre ecológico se contaminó con desechos tóxicos de esta fábrica gran parte del Río Tunal: acabó con el Paseo Turístico de El Saltito, un verdadero paraíso de la naturaleza. Fue tan grave la contaminación que llegó hasta el Río Santiago, que desemboca en las playas de Nayarit. Aquí en Durango, poblados como Guadiana fueron víctimas de la contaminación, originándoles problemas de la vista y de piel a las personas, además de mortandad de animales, junto con otros efectos colaterales. El ejido de Tuitán, por ejemplo, tiene varias hectáreas que colindan con el Río Tunal, por la misma razón se ha sufrido la muerte de miles de peces que se repite año con año en el mes de abril, y al igual que los poblados de 5 de Febrero y Villa Viejo, las vacas se han muerto por el consumo de aguas tóxicas. En dicho ejido de Tuitán, hasta la fecha estos animales son víctimas de la salmonela, que al atacarles el hígado les causa la muerte. De acuerdo a los expertos, este tramo del Río Tunal se tardará más de un siglo para ser lo que fue.
Pero hoy, derivado de la Convención de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano en 1972, la de Rio de Janeiro de 1992 y la de El Cairo de 1994, que como fuentes principales de la ciencia jurídica ambiental se han convertido en instrumentos de Derecho Internacional en la materia, en nuestro país hemos tenido avances legislativos y hasta contamos con una Ley ecológica. El asunto del ecocidio, para variar, se originó por la contaminación del Río Tunal,
que al parecer en esta ocasión no se quedará en la impunidad como en los años ’70. El Juzgado Segundo de Distrito del Estado de Durango otorgó la suspensión provisional a los quejosos en el amparo interpuesto por Miguel Ángel Espinoza de los Monteros Flores, Marina Medrano Ávila y Gerardo Molina. El amparo número 1404/16 es en contra del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango; el Director de Aguas o del Sistema de Aguas del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango; el Director de Salud Pública Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango; el Director del Medio Ambiente del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango; el Director de Servicios Municipales del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango; el Secretario o Titular de la Secretaría de Recursos Naturales del Gobierno del Estado de Durango; el Secretario de Salud Pública del Gobierno del Estado de Durango; el Titular o Director de la Comisión Estatal para la Protección de Riesgo Sanitario; la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Durango; la Delegada de la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente en el Estado de Durango y; el Titular o Delegado de la Comisión Nacional del Agua en el Estado de Durango. El amparo concedido a los quejosos es el primero que se otorga en Durango en materia ambiental, a diferencia del que se interpuso cuando el parque Guadiana fue víctima de un desastre ecológico, porque fue sobreseído. Coincidencias: ambos amparos los interpuso Miguel Ángel Espinoza de los Monteros Flores. En la suspensión provisional se ordena: “frenar de ipso facto y para lo sucesivo las descargas de aguas residuales municipales del Sistema de Aguas Municipales de Durango al cauce del Río Tunal hasta en tanto no se respete la integridad de los procesos depurativos de tratamiento de aguas residuales (…) [dicho ecocidio viola] manifiestamente los mega
principios internacionales que regulan la materia, especialmente el de prevención”
Hace unos días, todos se echaban la bolita, “que yo no fui, fue Teté”, “si te vienen a contar cositas malas de mi manda a todos a volar y diles que yo no fui”… Fue CONAGUA la primera en señalar que el Sistema Oriente de Tratamiento de Aguas Residuales de Aguas del Municipio era el responsable, y como dijo el clásico, “haiga sido quien haiga sido”, en su momento con las periciales que se hagan, y no las oficiales, como acostumbran, se sabrá la verdad. El hecho es que se afirma que se descargó agua residual proveniente de la Planta Oriente, y que al descargarse 200 litros por segundo de esta, se suscitó el choque que eliminó el oxígeno en la parte honda del Río, donde se encontraban las especies, causándole la muerte a miles de estas.
La cosa no es tan sencilla, en materia ecológica y ambiental, el Estado Mexicano forma parte de los Tratados Internacionales que se han firmado al respecto. El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano, como queda manifestado en el artículo 4° de la Constitución, que dice “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en los términos de lo dispuesto por la ley”. Toda la sociedad de Durango estará pendiente de qué sucederá en los próximos días, por lo pronto, es importante que por fin se siente un precedente para que las autoridades responsables en la materia no tomen las cosas a la ligera y que
entiendan que por ley están obligados a respetar las garantías y los derechos humanos de los ciudadanos.
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