viernes, 17 de noviembre de 2017

La Presa del Hielo, una crónica de irresponsabilidades y omisiones


Las tragedias como la de la Presa del Hielo no tienen madre, son huérfanas. Ninguno de los tres órdenes de gobierno quiere hacerse responsable, todos se tiran la bolita. Sin embargo, el recurso de revisión 199/2017, interpuesto en el Primer Tribunal Colegiado, Vigésimo Quinto Circuito, en su momento se encargará de poner las cosas en su lugar. Al tiempo. Una de las autoridades señaladas como responsables en el juicio de amparo actualmente en revisión, a través de la titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua, defendiendo los intereses de la misma, hace todo lo posible para que la resolución no venga en su contra. La abogada que dirige esta Unidad Jurídica pidió el sobreseimiento del juicio, con apoyo de lo dispuesto en el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo y en la fracción IV del artículo 74 de la misma Ley.

En efecto, el amparo fue sobreseído, pero como existe el recurso de revisión, es en esta instancia donde se le pueden complicar las cosas a esa dependencia federal. En los informes justificados que rindió ante el órgano jurisdiccional respectivo, mediante un oficio enviado por CONAGUA con fecha de 23 de mayo de 2016, dirigido al entonces presidente municipal, Carlos Emilio Contreras Galindo, le hace de su conocimiento ante la proximidad de la temporada de lluvias, una serie de recomendaciones en acciones preventivas para disminuir los riesgos en los centros de población. Entre otros destacan no conceder ningún permiso de construcción en áreas que colinden con los cauces de ríos y arroyos hasta el límite de la zona federal. Contar con un censo de viviendas y habitantes asentados en las orillas de
ríos y arroyos que puedan sufrir inundaciones. Alertar a los pobladores en zonas de riesgo. En pocas palabras, CONAGUA argumenta que cumplió con avisar en esos días de septiembre negro a la Unidad Estatal de Protección Civil y Dirección Municipal de Protección Civil y que si ellos no hicieron nada al respecto no es culpa de CONAGUA, y concretamente señala al Municipio por lo que sucedió al haber hecho caso omiso a sus recomendaciones.

Lo que más bien pretende CONAGUA es lavarse las manos en estos lamentables acontecimientos. Veamos: en los informes justificados que rindió ante la autoridad competente, manifestó no tener ninguna responsabilidad respecto de la Presa del Hielo, porque en los años 1968 y 1969, la desaparecida Secretaría de Agricultura y Ganadería construyó un bordo con fines agrícolas y en 1987 la Presa se desbordó por las lluvias, afectando colonias, y ese mismo año se modificaron sus estructuras para convertirla en una presa de control de avenidas. Eso sucedió en 1987, ahora lea usted lo siguiente: el 03/01/1984 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria número 12883, por la que se declaran de propiedad nacional las aguas del arroyo Cieneguita o Del Hielo y Presa del Hielo, ubicado en el municipio y estado de Durango. Como usted puede ver, la Presa del Hielo es competencia federal y en Durango le corresponde a CONAGUA. Aquí lo grave del tema es que la dependencia federal pudo haber mentido al Juez de Distrito al asegurarle que nada tenía que ver con la Presa del Hielo, si este fuera el caso, podría estar violando el artículo 262 de la Ley de Amparo fracciones I y II, ya que los mencionados artículos establecen las penas de prisión y multas al funcionario público que en su carácter de autoridad responsable, al rendir su informe, exprese un hecho falso o niegue la verdad.

En este contexto, cabe destacar una solicitud que pronto estará ante el Juez Segundo de Distrito, elaborada por el director de CAED, señalado como autoridad responsable. Dice CAED que con la elevación de la cortina va a disminuir sustancialmente la probabilidad de un desborde de las aguas, que pueda con un evento más grande que el de septiembre pasado. Se puede leer en lo que afirma la institución que la conducción principal de aguas pluviales de la zona urbana de la ciudad de Durango, que es la Acequia Grande en su tramo entubado y a cielo abierto, se observó que presenta insuficiencias de capacidad hidráulica. Algo muy grave se desprende del informe de CAED: al momento de ser entubada la Acequia Grande para hacer la vialidad Dolores del Río, se redujo en al menos un 70% su capacidad, lo que genera un déficit de conducción de las lluvias, y por lo general siempre ocasiona inundaciones en la ciudad. ¿Será por eso que el Ingeniero Rafael Sarmiento Álvares pidió mil millones de pesos para obra hidráulica y más de dos mil millones de pesos para construir la Presa Tunal II? Este informe será definitivo para la resolución final del amparo interpuesto por los quejosos encabezado por Miguel Espinosa de los Monteros.

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Que se acabe el gatopardismo en México, que cuando algo cambie, que no siga igual, que sea para bien.